Asamblea General

Autoridad suprema de la Unión, al presente. Se constituye de toda la matricula y los funcionarios de la Unión. Es convocada por el Consejo Estatal para escuchar informes, tomar decisiones, ratificar Convenios Colectivos y aprobar aumentos de cuotas y afiliación de otras organizaciones obreras.


Concilio de Delegados

Organismo directivo de la Unión. Se constituye de un (1) delegado por cada treinta y cinco (35) o fracción de treinta y cinco (1/35) de la totalidad de los miembros de cada capítulo. Además de los miembros del Consejo Estatal, el Auditor y las Juntas Directivas de los capítulos, se reunen ordinariamente cada seis (6) meses.

Tiene la facultad de evaluar, aprobar, modificar o revocar cualquier decisión del Consejo Estatal. Resuelve en forma final las apelaciones que se le someten en los casos disciplinarios. Aprueba el plan de trabajo y presupuesto. Elige y confirma a los miembros del Comité Negociador, Comité de Querellas y Comité de Disciplina. Elige además, a los siguientes funcionarios: Secretario de Salud y Seguridad Ocupacional y a tres Subsecretarios por los sectores de campo, oficina y planta; Auditor y a los tres miembros de la Junta de Directores del Programa de Trabajo Social Obrero (PROTSO).


Capítulos

Capítulos son aquellos organizados según se dispone en su Constitución en armonía con el Artículo III. Al presente son los siguientes: * Aguadilla * Arecibo * Bayamón * Caguas * Guayama/Juana Díaz * Mayaguez * Planta Aguirre/Ciclo Combinado * Planta Costa Sur * Planta Puerto Nuevo/Palo Seco * Ponce * Río Piedras * San Juan *Jubilados*

Cada capítulo se compone de los siguientes funcionarios:

Los funcionarios a los puestos de Presidente, Vicepresidente y Secretario de capítulo son electos a través del procedimiento de voto referéndum.